LICITACIÓN (Pública - Privada)
Método mediante el cual la empresa convoca a oferentes para que presenten propuestas económicas y/o técnicas. Puede ser tradicional o electrónica.
Siguiendo el marco legal dispuesto por el Decreto 175/2015 del Poder Ejecutivo Provincial, CAPÍTULO 7. Artículo 28. Inc. a) y b) que indican:
a) La Licitación Pública: cuando el llamado a participar está dirigido a una cantidad indeterminada de posibles oferentes con capacidad para obligarse, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos que exija el pliego de bases y condiciones particulares y pliego único de bases y condiciones generales.
b) La Licitación Privada: Es el procedimiento de contratación en el que intervienen como oferentes sólo las personas o entidades expresamente invitadas por el Organismo licitante, que se encuentren dentro del Registro de Proveedores del Estado, y que estén inscriptos en el rubro o especialidad que el organismo licitante desea contratar, debidamente fundado por el organismo licitante y sin anuncio público en general.
Consideraciones:
- Elaboración de Pliego o Términos de Referencia con especificaciones técnicas, condiciones contractuales, criterios de evaluación y requisitos legales.
- Difusión en portales oficiales y publicación en medios si se requiere.
- Recepción de ofertas dentro de un plazo establecido. Apertura formal con o sin acto público.
- Evaluación por equipo designado. Publicación del acta de adjudicación.
- Elaboración de contrato en base al pliego.
- En relación al Registro de Proveedores del Estado, deberá estarse al Registro de Proveedores de ECOM CHACO S.A.
Documentos a incluir en ERP previo a la OC/OT: Pliego general y particular, criterios de evaluación, oferta administrativa, técnica y económica, acta de apertura, informe de evaluación y cierre, acta de adjudicación, contrato.
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