SECCIÓN 5INTERVENCIÓN DEL SECTOR LEGAL Y COMISIÓN FISCALIZADORA

INCORPORACIÓN NUEVA - REQUERIDA POR RESOLUCIÓN FIA Nº 3107/26:

La Fiscalía recomendó expresamente el avocamiento de la División de Asesoría Legal y Técnica y del Sector Legal en la implementación de las mejoras y en la verificación de los procedimientos de contratación futuros. Asimismo, recomendó que la Comisión Fiscalizadora tome conocimiento e intervención en las cuestiones planteadas, conforme las facultades y deberes previstos en el art. 294 de la Ley Nº 19.550.

El Sector Legal interviene en los siguientes casos:

SUPUESTOINTERVENCIÓN REQUERIDA
Nueva reglamentación o modificación del proceso de comprasDictamen previo favorable antes de la aprobación por Directorio.
Contratación directaDictamen que valide la procedencia legal del método y la justificación del proveedor seleccionado.
Contratación con proveedor únicoDictamen que evalúe alternativas y justifique la excepción.
Servicios que presenten conflicto de intereses potencialAnálisis y dictamen previo a la adjudicación.

Tal como indica el Art. 294 de la Ley 19.550, la Comisión Fiscalizadora realiza el Control de legalidad y administración, fiscalizando la administración de la sociedad, examinando los libros y documentos al menos una vez cada 3 meses. No participa de ningún proceso de compras.

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